Los adultos mayores y jubilados son un grupo vulnerable que necesita de la protección y el apoyo del Estado, la familia y la sociedad. En Honduras, existen varias leyes que reconocen sus derechos y establecen mecanismos para garantizar su bienestar y su desarrollo integral. Sin embargo, muchas veces estos derechos son desconocidos o vulnerados por personas o entidades que abusan de su posición de poder o ventaja. Por eso, es importante que los adultos mayores y jubilados conozcan las leyes que los benefician y los medios para exigir su aplicación.
Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados
Esta ley es la principal norma que regula la situación del adulto mayor y jubilados en el país. Tiene como finalidad fomentar y tutelar su desarrollo, garantizando el ejercicio de sus derechos y sancionando a las personas naturales o jurídicas que infrinjan esta ley. Entre los derechos que reconoce esta ley se encuentran:
- El acceso a los servicios públicos de salud, prevención, tratamiento y rehabilitación.
- El trabajo digno que les permita alcanzar una mejor calidad de vida.
- El desarrollo de actividades y ocupaciones en bien de su salud integral.
- Los descuentos y tarifas especiales en transporte, cultura, recreación, educación y otros servicios.
- La participación en organizaciones sociales que representen y defiendan sus intereses.
- La protección contra la violencia, el abandono y la discriminación.
Ley del Instituto Hondureño de Seguridad Social
Esta ley crea el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), que es una entidad autónoma encargada de administrar el régimen de previsión social obligatorio para los trabajadores del sector público y privado. Los afiliados al IHSS tienen derecho a una pensión por vejez, invalidez o sobrevivencia, según los requisitos de edad y cotización que establece la ley. Los pensionados también tienen acceso a los servicios médicos y farmacéuticos del IHSS.
Ley del Régimen de Aportaciones Privadas
Esta ley crea un sistema complementario al IHSS, basado en cuentas individuales administradas por entidades privadas llamadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Los afiliados a este sistema pueden elegir entre dos modalidades de pensión: renta vitalicia o retiro programado. Los pensionados también tienen acceso a los servicios médicos y farmacéuticos del IHSS.
Ley del Servicio Civil
Esta ley regula las relaciones laborales entre el Estado y sus servidores públicos. Establece que los empleados públicos tienen derecho a una jubilación ordinaria o anticipada, según los requisitos de edad y servicio que establece la ley. La jubilación se calcula según el salario promedio de los últimos tres años. Los jubilados también tienen acceso a los servicios médicos y farmacéuticos del IHSS.
¿Cómo exigir la aplicación de estas leyes?
Para exigir la aplicación de estas leyes, los adultos mayores y jubilados pueden hacer lo siguiente:
- Denunciar ante la Fiscalía Especial de Protección al Consumidor y de la Tercera Edad cualquier violación a sus derechos o cualquier acto de discriminación, violencia, abandono o maltrato que sufran por parte de personas naturales o jurídicas. Esta fiscalía tiene la facultad de investigar, sancionar y prevenir estos delitos.
- Acudir a la Dirección General del Adulto Mayor (DIGAM), que es el órgano encargado de diseñar, ejecutar y evaluar la política nacional para el adulto mayor y jubilados. Esta dirección también tiene la función de coordinar con las instituciones públicas y privadas que brindan servicios al adulto mayor y jubilados, así como de promover su participación e integración social.
- Participar en las organizaciones sociales que representan y defienden los intereses del adulto mayor y jubilados, tales como la Asociación Nacional del Adulto Mayor (ANAM) y la Red Nacional del Adulto Mayor (RENAM). Estas organizaciones pueden realizar acciones de incidencia política, educación, capacitación